lunes, 10 de febrero de 2020

CUANDO EL AYUNTAMIENTO NO TENÍA DONDE REUNIRSE...

El amigo del Puerto de la Cruz; SALVADOR GARCÍA LLANOS remitió entonces (10/02/2020) estas notas que tituló; “CUANDO EL AYUNTAMIENTO NO TENÍA DONDE REUNIRSE...”: “…El año 1822 se iniciaba con mucha incertidumbre -por decir algo- en la vida municipal del Puerto de la Cruz. El 2 de enero el consistorio se reunía en el domicilio particular del presidente, “en una pequeña habitación cedida desinteresadamente por este para tal fin, como era vieja costumbre”, según relata en sus apuntes el que fuera cronista oficial del municipio, Nicolás Pestana Sánchez, quien añade: “Los papeles del archivo estaban colocados en un corredor abierto y, por lo tanto, sin seguridad alguna, a menos que se privase a la familia del señor alcalde el transitar por el pasillo de su misma vivienda”.
Estas circunstancias, unidas a anteriores acuerdos del Ayuntamiento sobre el particular, fueron elevadas, en escrito razonado, al señor Jefe Provincial Político con el fin de resolver, de una manera definitiva, el problema de la Casa Consistorial.
Semanas después, concretamente el 26 de enero, lo que debía ser equivalente al pleno del consistorio, acordó suspender las actividades. El cronista deja constancia de que el alcalde se refirió “a las constantes incomodidades que se producían en su casa particular” pues allí se celebraban las reuniones y toda clase de juntas del Ayuntamiento, “hasta el punto de que ya no le era posible continuar permitiendo estas reuniones en su propia vivienda”. La única opción era el extinguido convento de Santo Domingo, como así lo habían expuesto las corporaciones a la Diputación Provincial en tres ocasiones durante 1821: 2 de enero, 31 de julio y 31 de agosto. Como el problema persistía y el Ayuntamiento seguía sin sede, se plantea en la fecha señalada al principio, 2 de enero de 1822, ls suspensión de actividades institucionales.
Increíble pero cierto, tal era el nivel de carencias de la época. Dice el cronista: “Seáse cual fuese las razones que las motiven, interín que la Junta o Diputación Provincial resolviese sobre este particular, pues, en este caso, era de aplicación lo dispuesto en la Ley de 25 de octubre 1820 mandada a observar en 6 de julio de 1821, por Real Orden Circular comunicada a los señores jefes políticos en la misma fecha”, se acuerda suspender las reuniones en el Ayuntamiento. Y para que no se culpase a este de hacer caso omiso en el cumplimiento de sus sagrados deberes, “se sacó certificación de este acuerdo y se remitió al Jefe Superior Político”.
No obstante, apenas un mes después, el 20 de febrero, se celebra un nuevo pleno en el mismo escenario, la casa particular del alcalde, para tratar sobre un oficio recibido del Intendente -pues también la había sido comunicada la terminación de las actividades municipales-, en el que decía quedar enterado de los motivos que paralizaban importantes trabajos relativos a las contribuciones, uno de ellos, claro, no disponer de lugar donde reunirse.
La medida surtió efectos inmediatos. El Intendente respondió: “...Remito a V. la Orden del Comisionado Provincial del Crédito Público para que se franquee a esa corporación la parte del extinguido convento de Santo Domingo de ese Puerto que sea bastante para salas consistoriales; mas esta medida no es sino interina y sujeta a la resolución del Gobierno a quien únicamente toca disponer de dichos edificios según lo mandado en el particular”.
¿Qué ocurrió después? La resolución fue comunicada a Juan Pedro Nepomuceno, encargado del crédito público en el partido territorial -debía ser la división administrativa de entonces-, quien contestó que al día siguiente bajaría para hacer la entrega de la parte referida del citado edificio. El Ayuntamiento nombró una comisión compuesta por los miembros de la corporación, Domingo Esquivel y Domingo Aguilar, y el personero Rafael Pereyra, quienes, junto con el señor Nepomuceno, pasarían al convento de Santo Domingo a tomar posesión, en nombre del Ayuntamiento, de la piezas que se señalaren.
Hasta que se llega a los días 28 y 29 de agosto de aquel año. Durante el primero, se dio posesión a la institución de la parte del extinguido convento de Santo Domingo para albergar las casas consistoriales. Y un día después, el Ayuntamiento celebra allí su primera sesión…”

BRUNO JUAN ÁLVAREZ ABRÉU
PROFESOR MERCANTIL

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