viernes, 22 de marzo de 2019

DE ESCUELAS EN LOS REALEJOS A INICIOS DEL SIGLO XX


Fotografía referente al casco histórico del Realejo Bajo, final sigo XIX. Estudios BAEZA.

El amigo  de la Villa de La Orotava; JAVIER LIMA ESTÉVEZ Graduado en Historia por la Universidad de La Laguna, remitió entonces (22/03/2019) estas notas que tituló; “DE ESCUELAS EN LOS REALEJOS A INICIOS DEL SIGLO XX”.
Publicado el día 23 de Marzo de 2019 en La Opinión de Tenerife: “…Como parte de las actas conservadas en el Ayuntamiento de Los Realejos correspondientes al antiguo Ayuntamiento de Realejo Alto y, en atención al papel de la educación en el lugar, observamos que durante la sesión de 29 de octubre de 1901, tras la circular del gobernador civil convocando a elección ordinaria de concejales para la renovación bienal de los Ayuntamientos, la Corporación llegaría a acordar por unanimidad que el local en que se tuviera que construir la sección primera fuera en las Casas Consistoriales, situada en la calle de Viera y Clavijo, número veinte, y el de la sección segunda en la Cruz Santa, en la casa escuela de niños de dicho pago. 
Por otra parte, en sesión del 22 de marzo de 1903 se vio la Real Orden del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes del 31 de diciembre, dictando la necesidad de determinar el número de escuelas y su distribución. Después de establecerse un detenido examen sobre tal asunto, se acordó por unanimidad que los grupos escolares que se formaran fueran en el casco del pueblo con todas las entidades que permitan cómodamente asistir a los niños a las escuelas. Asimismo, se establecía que respecto a los grupos menores de quinientos habitantes y, para hacer posible la asistencia de los niños a las escuelas, atendiendo a las distancias que separan los grupos y las casas aisladas de los extensos campos de tal jurisdicción, los profundos barrancos que a estos cursan y los demás accidentes del terreno que dificultan la comunicación, se elevó instancia del Excmo. Señor Ministro del Instrucción Pública y Bellas Artes en súplica de que, al dictar la resolución de que trata el número cuarto de la citada Real Orden, se establezca de nuevo solamente en este pueblo una escuela incompleta en el grupo con más probabilidades para enviar los campesinos sus hijos a recibir enseñanza. Todo ello en un lugar con 4.065 habitantes a finales de 1900.
En sesión de 30 de diciembre de 1903 se llegaría a manifestar, por parte del alcalde, la necesidad de contratar una casa conveniente para salón de escuela y habitación de la maestra de la escuela pública de niñas de este pueblo.
En sesión de 26 de octubre de 1910, se ofreció lectura de la real orden del ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes con fecha de 28 de septiembre último, por la cual se llegaría a disponer que los ayuntamientos que quieran aumentar el número de sus escuelas, perfeccionar las existentes y reformar o construir locales para ellas, se tuvieran que dirigir a dicho centro expresando la cantidad y todo género de recursos con que pudieran desear contribuir a aquellas obras; y la Corporación, en su virtud después de un detenido examen de dicha superior disposición, y previa la oportuna discusión acerca del particular acordó, por unanimidad de votos, lo siguiente: no solicitar de dicho centro la construcción de un edificio o local destinado a casa-escuela de niñas del pueblo, y la reforma correspondiente del edificio que ha adquirido recientemente este municipio para casa-escuela de niños también del pueblo, cuyo inmueble procede de un remate al pósito de esta localidad, por hallarse inservible para el uso a que se le destina, estimando el coste de dichas obras; las primeras en 15.000 pesetas, y las segundas o sea la reforma indicada 5.000 pesetas. El Ayuntamiento se comprometía para la construcción a facilitar o ceder un solar de su pertenencia que tiene una extensión superficial de más de 180 m2 y que está situado en un punto bastante céntrico del pueblo, en una calle contigua a la plaza de la iglesia parroquial. También a establecer la prestación personal que puede valorarse en 1.500 pesetas  y, a suministrar gratuitamente el agua necesaria que se utilizara en dichas obras. En cuanto a la reforma de la casa - escuela de niños se llegaría a comprometer esta corporación a contribuir con el agua necesaria para las obras y a establecer la prestación personal, que podía llegar a valorarse en 500 pesetas y, al mismo tiempo, a facilitar materiales por valor de otras 500 pesetas.
Todo ello en el marco inicial de los primeros años del pasado siglo XX…”

BRUNO JUAN ÁLVAREZ ABRÉU
PROFESOR MERCANTIL

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