El amigo del Puerto de la Cruz; SALVADOR GARCÍA LLANOS remitió entonces
(29/02/2020) estas notas que tituló; “CUANDO ESTUVO EN PELIGRO LA ESCUELA
PÚBLICA DEL PUERTO”: “…En
septiembre de 1821, el Ayuntamiento del Puerto de la Cruz confeccionó y aprobó
un censo electoral en el que quedaron registrados mil ciento trece vecinos.
Apenas un mes antes,
el último día de julio, el consistorio hubo de hacer frente a un hecho que puso
en evidencia los riesgos de quedarse sin escuela pública en el municipio.
Relata el cronista
oficial Nicolás Pestana Sánchez que el comisionado del Crédito Público, Juan Pedro
Nepomuceno, se presentó para hacerse cargo de los enseres del convento dominico
que, por distintas causas, debería quedar cerrado. Si eso se consumaba, sería
clausurada la escuela pública que estaba instalada en una de las estancias del
mencionado convento, donde recibían instrucción y formación los adolescentes y
jóvenes del pueblo.
El Ayuntamiento era
consciente de que una materia de su incumbencia consistía en velar por el buen
desarrollo de la enseñanza en la localidad, de modo que, a la vista del artículo
26 de la Real Orden de 25 de octubre de 1820, ofició al expresado comisionado
haciéndole ver la preocupación y las razones de la limitación de recursos para
poder atender las demandas educativas correspondientes.
La escuela estaba
instalada en el refectorio (sala que se utilizaba como comedor común) del
convento dominico. De ello tenía conocimiento la Diputación Provincial. El
consistorio, con donaciones hechas por los vecinos, invirtió en el
acondicionamiento de la estancia doscientos pesos de la época. Se trataba de
convencer al comisionado para que dejase el citado espacio a disposición del
Ayuntamiento que, en consecuencia, se hacía responsable para que los niños y
jóvenes portuenses no se quedaran sin recibir las enseñanzas correspondientes.
El comisionado
Nepomuceno accedió a la petición del Ayuntamiento. Con posterioridad, el
consistorio acordó elevar escrito al Jefe Superior Político para que se
señalase uno de los conventos que quedaban vacantes, “con el objeto de hacer en
él -relata Pestana- la casa consistorial y demás piezas que eran necesarias
para el servicio público y de las que totalmente carecía este pueblo”.
En la comunicación
se hace constar que dada su localización, construcción interior y menor
provecho que se podía obtener por parte del crédito público (equivalente,
suponemos, a los intereses generales del municipio), el convento dominico era
el más apropiado para el fin solicitado.
De esa forma, se
salvaba la que debía ser mínima dotación para la instrucción pública. La
normativa o la burocracia de la época exigían una reiteración de los acuerdos
adoptados, por lo que el consistorio portuense se dirigió nuevamente al Jefe
Superior Político para que determinase uno de los conventos suprimidos para el Establecimiento de casa consistorial,
escuelas, cárceles, hospitales y demás centros de beneficencia pública, de
manera que, dando cuenta a la Diputación Provincial, se señalase el convento
dominico, por encontrarse en situación más apropiada para los referidos objetos
sociales…”
BRUNO JUAN ÁLVAREZ ABRÉU
PROFESOR MERCANTIL
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