El
amigo JAVIER LIMA ESTÉVEZ; Graduado en Historia por la Universidad de La
Laguna, remitió entonces (21/07/2016) estas notas que tituló; "LA
EDUCACIÓN EN LOS REALEJOS A INICIOS DEL SIGLO XX”.
Publicadas
en el "Diario de Tenerife"
el día 15 de octubre del 2015: “…Como tantos otros puntos de Canarias, Los
Realejos, a finales del siglo XIX, reclamaba ciertos cambios atendiendo a las
transformaciones políticas, económicas y sociales que se iban generando en el
contexto español. En ese marco, merece especial atención el plano educativo,
atendiendo a las disposiciones establecidas en la conocida Ley Moyano de 1857,
pero especialmente significativo sería la creación del Ministerio de
Instrucción Pública y Bellas Artes, a inicios del siglo XX. Sin lugar a dudas,
a partir de ese hecho, aumentó la preocupación de las corporaciones locales por
la educación con la finalidad de ir reduciendo las altas tasas de analfabetismo
que, por entonces, alcanzaba cifras preocupantes.
Ante esas circunstancias,
analizamos como en sesión del 22 de marzo de 1903, celebrada en el Ayuntamiento
del Realejo Alto, se vio la Real Orden del Ministerio de Instrucción Pública y
Bellas Artes del 31 de diciembre, dictando la necesidad de determinar el número
de escuelas y la distribución de las mismas en la localidad. Después de un
detenido examen sobre tal asunto, se acordó, por unanimidad, que los grupos
escolares que se formaran fueran los del casco del pueblo con todas las
entidades que permitieran cómodamente asistir a los niños a las escuelas.
Asimismo, se establecieron
ciertos aspectos relacionados con las zonas menores de quinientos habitantes,
con la finalidad de facilitar la asistencia de los escolares a los espacios
educativos, en vista de las distancias que separaban los grupos y casas en los
extensos campos de la jurisdicción, así como los profundos barrancos y demás
accidentes del terreno que dificultaban la comunicación, elevándose, además,
instancia al Excmo. Sr. Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes, en
súplica de que al dictar la resolución que trata el número cuarto de la citada
Real Orden se establezca de nuevo, solamente en este pueblo, una escuela atendiendo
al grupo en que más probabilidades exista para que los campesinos envíen sus
hijos a recibir enseñanza.
Lo cierto es que, en sesión del
3 de diciembre de 1905, se dio cuenta del acuerdo adoptado por la Junta local
de primera enseñanza, analizando los grandes prejuicios que recibía el pueblo
con la clausura de su única escuela completa de niños, y la municipalidad,
ahondando en la mismas ideas de dicha Junta, acuerda por unanimidad de votos,
autorizar al presidente para que, en su nombre, elevara respetuosa instancia al
Excmo. Sr. Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes, suplicándole
declarar la vacante de la expresada escuela y proceder a su inmediata provisión
por haber guardado fuera del magisterio el maestro sustituido, don Temístocles
Díaz Llanos y Hernández, con arreglo a la legislación vigente.
En definitiva, hemos expuesto
una breve visión del panorama educativo realejero que, a inicios del siglo XX,
nos deja múltiples detalles para comprender la posterior evolución
experimentada en ese sentido, atendiendo a las diversas soluciones que se
fueron generando con la finalidad de ir resolviendo los problemas de escolaridad
en el lugar…”
BRUNO JUAN ÁLVAREZ ABRÉU
PROFESOR MERCANTIL
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